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Política de protección de datos personales

AN-EL ANAHTAR VE ELEKTRİKLİ EV ALETLERİ SAN. A.Ş.
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Información del documento
Título del documento: Política de protección de datos personales
Objeto del documento: El objetivo de la Política de Protección de Datos Personales es que AN-EL planifique los procesos relacionados con la protección de datos personales y establezca los principios que se aplicarán en esta materia.
Fecha de publicación: 01/01/2020
N.º de versión: 1
Referencia / Fundamento: Ley de Protección de Datos Personales n.º 6698 y demás normativa aplicable
Órgano de aprobación: Consejo de Administración de AN-EL

1. OBJETIVO
El derecho de toda persona a que se protejan sus datos personales es un derecho sagrado que emana de la Constitución.
En AN-EL consideramos que cumplir con los requisitos de este derecho es una de nuestras obligaciones más importantes.
Por ello, damos gran importancia al tratamiento y la protección de sus datos personales de conformidad con la ley.
La Política de Protección de Datos Personales, como resultado de la importancia que concedemos a la protección de los datos personales,
se ha elaborado con el fin de definir los principios en los que nos basamos y los procedimientos que aplicamos al tratar y proteger los datos personales.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Política se aplica a todos los datos personales gestionados por AN-EL, ya sea de forma total o parcialmente automatizada, o mediante
sistema de registro de datos, sea total o parcialmente automatizado, así como la obtención, el registro,
el almacenamiento, la conservación, la modificación, la reorganización, la divulgación, la transmisión,
la cesión, la puesta a disposición, la clasificación o la restricción del uso de dichos datos
.
La Política se refiere a todos los datos personales tratados de los socios, responsables, clientes, empleados, responsables de proveedores y
empleados de AN-EL, así como de terceros.
AN-EL podrá modificar la Política con el fin de cumplir con la legislación y las resoluciones de la Agencia de Protección de Datos Personales, así como para garantizar una mejor protección de los datos personales.
3. DEFINICIONES
Abreviatura Definición
Grupo destinatario
Categoría de personas físicas o jurídicas a las que el responsable del tratamiento transfiere los datos personales.
Consentimiento expreso Consentimiento relativo a un tema concreto, basado en la información recibida y manifestado de forma libre y voluntaria.

AN-EL AN-EL Anahtar ve Elektrikli Ev Aletleri San. A.Ş.
Anonimización
Proceso mediante el cual los datos personales quedan en un estado tal que, ni siquiera combinándolos con otros datos, puedan asociarse de ningún modo a una persona física identificada
o identificable.
Persona afectada Persona física cuyos datos personales son objeto de tratamiento.
Usuario responsable
Las personas o unidades que, dentro de la organización del responsable del tratamiento,
o en virtud de la autorización y las instrucciones recibidas del responsable del tratamiento,
tratan datos personales, con excepción de la persona o unidad responsable del almacenamiento, la protección y la copia de seguridad técnicas de los datos.
dentro de la organización del responsable del tratamiento o de acuerdo con la autorización y las instrucciones recibidas de este.
Destrucción: la supresión, eliminación o anonimización de los datos personales.
Ley/KVKK: Ley de Protección de Datos Personales n.º 6698.

Soporte de almacenamiento
Cualquier tipo de soporte en el que se encuentren los datos personales, ya sea tratados de forma total o parcialmente automatizada, o mediante medios no automatizados, siempre que formen parte de un sistema de registro de datos.
Identidad de los datos personales: cualquier tipo de información relativa a una persona física identificada o identificable.
Inventario de datos
Las actividades de tratamiento de datos personales que llevan a cabo los responsables del tratamiento en función de sus procesos operativos; las actividades creadas
fundamento jurídico, la categoría de datos, el grupo de destinatarios a los que se transfieren y el grupo de personas a las que se refieren los datos,
y en el que detallan el plazo máximo de conservación necesario para los fines del tratamiento de los datos personales,
previsto de datos personales y las medidas adoptadas en materia de seguridad de los datos;
detallado en dicho inventario.
Tratamiento de datos personales
El tratamiento de datos personales, ya sea total o parcialmente automatizado, o mediante
sistema de registro de datos, sea total o parcialmente automatizado, o mediante medios no automatizados;
su registro, almacenamiento, conservación, modificación,
reorganización, divulgación, transferencia, cesión, puesta a disposición
, su clasificación o la restricción de su uso; es decir,
cualquier operación realizada sobre los datos.
Comisión
La Comisión de Protección de Datos Personales, creada por AN-EL con el fin de gestionar la Política y otros procedimientos relacionados, así como para garantizar la
aplicación de la Política.
Consejo: Consejo de Protección de Datos Personales.
Organismo: Organismo de Protección de Datos Personales
Datos personales de carácter especial:
Datos relativos a la raza, el origen étnico, las opiniones políticas, las creencias filosóficas, la religión, la confesión o
otras creencias, vestimenta, afiliación a asociaciones, fundaciones o sindicatos, salud,
vida sexual, condenas penales y medidas de seguridad, así como
datos biométricos y genéticos.
Destrucción periódica
En caso de que dejen de existir todas las condiciones para el tratamiento de los datos personales establecidas en la Ley, el proceso de supresión, destrucción o anonimización, tal y como se especifica en la política de conservación y supresión de datos personales, y que se llevará a cabo de forma automática a intervalos regulares.
Política: Política de Protección de Datos Personales
Encargado del tratamiento: persona física o jurídica que, basándose en la autorización otorgada por el responsable del tratamiento, trata datos personales en nombre del responsable del tratamiento.
Responsable del tratamiento: persona física o jurídica que determina los fines y medios del tratamiento de los datos personales, y que es responsable de la creación y gestión del sistema de registro de datos.
y de su gestión.
4. PRINCIPIOS GENERALES
AN-EL comprueba, en la fase de preparación de cada nuevo flujo de trabajo que requiera el tratamiento de datos personales, que los datos que se vayan a tratar se ajusten a los siguientes
principios. Los flujos de trabajo que no se consideren conformes no se pondrán en práctica.
AN-EL, al tratar datos personales:
(I) Cumple con la legislación y las normas de buena fe.
(II) Se asegura de que los datos personales sean exactos y, cuando sea necesario, estén actualizados.
(III) Se asegura de que la finalidad del tratamiento sea específica, clara y legítima.
(IV) Comprueba que los datos tratados estén relacionados con la finalidad del tratamiento, que se traten únicamente en la medida necesaria para dicha finalidad
y que el tratamiento sea proporcionado.
(V) Conserva los datos únicamente durante el tiempo previsto en la legislación aplicable o en la medida en que sea necesario para la finalidad del tratamiento,
y los elimina cuando deja de existir dicha finalidad.
5. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Con el fin de gestionar la presente Política relativa al tratamiento de datos personales en el seno de AN-EL, así como los demás procedimientos relacionados, y
garantizar la aplicación de la Política, se ha creado la Comisión de Protección de Datos Personales.
La Comisión está compuesta por el director general, el responsable de Recursos Humanos, el jefe de Asuntos Administrativos y Financieros y el jefe de Calidad y Garantía de Calidad;
. Además, AN-EL cuenta con el apoyo de un asesor en materia de la Ley de Protección de Datos Personales n.º 6698, cuando sea necesario,
con el fin de garantizar el cumplimiento de dicha ley. Si lo considera necesario, la Comisión puede convocar a su asesor en materia de protección de datos a sus reuniones.
Las funciones y responsabilidades de la Comisión se detallan a continuación.
(I) Se reúne ordinariamente cada seis meses. Se pueden celebrar reuniones extraordinarias si las circunstancias lo requieren (por ejemplo, en caso de una posible
violación de datos).
(II) Debatirá los aspectos de la Política que deban modificarse o mejorarse.
(III) Determinará las medidas que puedan adoptarse para garantizar el tratamiento y la protección de los datos personales de conformidad con la ley.
(IV) La Comisión determina las medidas que pueden adoptarse para aumentar la concienciación sobre la KVKK, tanto a nivel interno de la empresa como entre los socios comerciales.
(V) Identifica los riesgos que pueden surgir en relación con el tratamiento y la protección de los datos personales y adopta las medidas administrativas y
técnicas necesarias.
(VI) Mantiene la comunicación con la institución y gestiona las relaciones con ella.
(VII) Evalúa las solicitudes presentadas por el interesado.
(VIII) Supervisa los procesos de destrucción periódica.
(IX) Actualiza el inventario de datos.
(X) Asigna las funciones relacionadas con los aspectos mencionados anteriormente.
6. Medidas adoptadas para la seguridad de los datos
AN-EL adopta todas las medidas técnicas y administrativas necesarias para (i) impedir el tratamiento ilícito de los datos personales, (ii) impedir el acceso ilícito a los datos personales,
y (iii) garantizar el nivel adecuado de seguridad para la conservación de los datos personales
.
6.1. Medidas técnicas
(I) Se garantiza la seguridad de la red y de las aplicaciones.
(II) Se adoptan medidas de seguridad en el ámbito del suministro, el desarrollo y el mantenimiento de los sistemas de tecnologías de la información.
(III) Se mantienen registros de acceso de forma periódica.
(IV) Se utilizan sistemas antivirus actualizados.
(V) Se utilizan cortafuegos.
(VI) Se adoptan las medidas de seguridad necesarias en relación con el acceso a los soportes físicos que contienen datos personales.
(VII) Se garantiza la seguridad de los entornos físicos que contienen datos personales frente a riesgos externos (incendios, inundaciones, etc.).
(VIII) Se garantiza la seguridad de los entornos que contienen datos personales.
(IX) Se realizan copias de seguridad de los datos personales y se garantiza la seguridad de dichas copias.
(X) Se aplica un sistema de gestión de cuentas de usuario y de control de autorizaciones, y se realiza un seguimiento de los mismos.
(XI) Los registros de log se conservan de forma que no puedan ser alterados por los usuarios.
(XII) Se utilizan sistemas de detección y prevención de ataques.
(XIII) Se aplica el cifrado.
6.2. Medidas administrativas
(I) Existen normas disciplinarias que incluyen disposiciones sobre seguridad de los datos para los empleados.
(II) Se imparten periódicamente cursos de formación y actividades de sensibilización sobre seguridad de los datos para los empleados.
(III) Se han elaborado y se han puesto en práctica políticas corporativas sobre acceso, seguridad de la información, uso, conservación y destrucción de datos.
(IV) Cuando es necesario, se aplica la medida de enmascaramiento de datos.
(V) Se formalizan compromisos de confidencialidad.
(VI) Se ha creado una matriz de autorizaciones para los empleados.
(VII) Se retiran las autorizaciones en este ámbito a los empleados que cambian de puesto o que abandonan la empresa.
(VIII) Los contratos firmados incluyen cláusulas de seguridad de los datos.
(IX) Se han establecido políticas y procedimientos de seguridad de los datos personales.
(X) Los problemas de seguridad de los datos personales se notifican rápidamente.
(XI) Se lleva a cabo un seguimiento de la seguridad de los datos personales.
(XII) Se reduce al mínimo el volumen de datos personales.
(XIII) Se realizan y se encargan auditorías internas periódicas y/o aleatorias.
(XIV) Se han identificado los riesgos y amenazas existentes.
(XV) Se han establecido y se aplican protocolos y procedimientos relativos a la seguridad de los datos personales de carácter especial.
(XVI) Si los datos personales de carácter especial deben enviarse por correo electrónico, se envían obligatoriamente cifrados y utilizando KEP o
una cuenta de correo corporativo.
(XVII) Se garantiza la sensibilización de los proveedores de servicios que tratan datos en materia de seguridad de los datos.
7. Derechos del interesado en relación con los datos personales
El interesado puede dirigirse a AN-EL para presentar solicitudes sobre los siguientes asuntos:
(I) Saber si se están tratando sus datos personales,
(II) Solicitar información sobre el tratamiento de sus datos personales, en caso de que se hayan tratado,
(III) Conocer la finalidad del tratamiento de sus datos personales y si se están utilizando de acuerdo con dicha finalidad,
(IV) Conocer a qué terceros se han transmitido sus datos personales, tanto dentro como fuera del país,
(V) Solicitar la rectificación de sus datos personales en caso de que se hayan tratado de forma incompleta o errónea, y
que se notifique dicha rectificación a los terceros a los que se hayan transmitido los datos personales,
(VI) Solicitar la supresión, destrucción o anonimización de sus datos personales,
a pesar de que se hayan tratado de conformidad con la Ley de Protección de Datos Personales (KVKK) y otras disposiciones legales pertinentes, en caso de que desaparezcan los motivos que justificaban su tratamiento,
7,
y solicitar que la acción realizada en este contexto se comunique a los terceros a los que se hayan cedido sus datos personales,
;
(VII) Oponerse a que, como resultado del análisis de sus datos tratados exclusivamente mediante sistemas automatizados, se produzca un
resultado que le sea desfavorable,
(VIII) Solicitar la reparación del perjuicio sufrido en caso de que haya sufrido daños como consecuencia del tratamiento ilegal de sus datos personales.
8. NOTIFICACIONES DE INFRACCIÓN
Los empleados de AN-EL comunicarán a la Comisión cualquier actividad, acción o hecho que consideren que infringe las disposiciones de la KVKK y/o la Política.
Tras recibir dicha notificación de infracción, la Comisión se reunirá si lo considera necesario y elaborará un plan de acción relativo a la infracción.
Si la infracción se ha producido mediante la obtención de datos personales por parte de terceros a través de medios ilegales,
la Comisión, en el marco de la resolución n.º 2019/10 de la Junta, de 24 de enero de 2019, notificará esta situación en un plazo de 72 horas
a la parte interesada y a la Junta.
9. MODIFICACIONES
Las modificaciones de la Política serán elaboradas por la Comisión y se someterán a la aprobación del Consejo de Administración de AN-EL.
La Política actualizada podrá enviarse a los empleados por correo electrónico o publicarse en el sitio web.
10. FECHA DE ENTRADA EN VIGOR
La presente versión de la Política entró en vigor el 01/01/2020 tras su aprobación por parte del Consejo de Administración.

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